miércoles, 2 de agosto de 2017

Parte 2 TRATAMIENTO DE CADÁVERES Y RESTOS HUMANOS PARA LA OBTENCIÓN DE DATOS POSTMORTEM.

TRATAMIENTO DE CADÁVERES Y RESTOS HUMANOS PARA LA OBTENCIÓN DE DATOS POSTMORTEM.
Parte: 2
LIC. ISHIAR RAMÍREZ ÁLVAREZ
LIC. EN CRIMINOLOGIA/PERITO EN CRIMINALISTICA DE CAMPO/ C&C/IF 
PIEDRAS NEGRAS COAHUILA MEXICO
Información del lugar de intervención al alcance del médico forense.
Esta información puede ser documentada por el médico que acude al lugar de intervención y/o por el Agente del Ministerio Público y consiste en:
• Descripción detallada, previa a la recuperación del cadáver (por ejemplo: las circunstancias del hallazgo del cadáver relacionando si se trata del resultado de una investigación judicial o si el cuerpo fue encontrado al azar);
• Descripción del lugar de intervención;
• Localización exacta del lugar de recuperación del cadáver;
• Hora y fecha de la recuperación del cuerpo;
• Descripción externa del cadáver (posición);
• Descripción de las prendas (ver instrucciones ítem 2.7.2.);
• Posibles testimonios acerca de la identificación del cadáver y de lo sucedido;
• Fotos, video, dibujos, descripción, planos del lugar de intervención, del cadáver o de los restos y del contexto en general;
• Señalar el tipo de evidencias recuperadas (por ejemplo: prendas, proyectiles, documentos, fotografías, medicamentos, manchas de sangre o de fluidos orgánicos), su identificación y el laboratorio de destino para su análisis, lo anterior con la finalidad de posibilitar un diálogo entre las diferentes instituciones y coordinar los tiempos de respuesta;
• La ausencia o presencia de documentos de identificación, y
• Si el deceso fue en el hospital, solicitar la historia médica legal y en el mejor
De los casos que el médico forense pueda asistir al lugar de intervención.
Fuente:
Protocolo para el tratamiento e identificación forense.
PGR

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